Es un lugar común en buena parte de la literatura disponible sobre fenómenos migratorios calificar a la migración infantil como algo excepcional, poco usual y, en todo caso, como un asunto menor frente a la descripción y el análisis de los grandes flujos migratorios de hombres y mujeres. No obstante resulta cada vez más evidente que el mundo atestigua el drama de importantes migraciones constituidas por niños y niñas no acompañados que cruzan la frontera por diversas razones: la búsqueda de los padres, el deseo de trabajar y ganar más dinero, terminar con situaciones de abuso familiar o social y finalmente por el gusto de lanzarse a la aventura.1 En México, se pueden identificar grandes grupos de menores provenientes principalmente de países como Guatemala, El Salvador, Honduras, Ecuador y Nicaragua que se instalan, trabajan, viven o transitan, por nuestro país en ausencia de sus familiares (Gallo, 2005, pp.133- 134).
Este artículo tiene como objetivo hacer un diagnóstico general de estos flujos migratorios junto con algunas de sus implicaciones más visibles en materia de derechos humanos, hacer una revisión de las respuestas internacionales y nacionales a este fenómeno y finalmente ofrecer una serie de propuestas legislativas y de políticas públicas para contribuir a la protección de los derechos de los niños. Para ello partimos de una hipótesis central según la cual los niños y niñas migrantes no acompañados constituyen un grupo en situaci... leer más
Es un lugar común en buena parte de la literatura disponible sobre fenómenos migratorios calificar a la migración infantil como algo excepcional, poco usual y, en todo caso, como un asunto menor frente a la descripción y el análisis de los grandes flujos migratorios de hombres y mujeres. No obstante resulta cada vez más evidente que el mundo atestigua el drama de importantes migraciones constituidas por niños y niñas no acompañados que cruzan la frontera por diversas razones: la búsqueda de los padres, el deseo de trabajar y ganar más dinero, terminar con situaciones de abuso familiar o social y finalmente por el gusto de lanzarse a la aventura.1 En México, se pueden identificar grandes grupos de menores provenientes principalmente de países como Guatemala, El Salvador, Honduras, Ecuador y Nicaragua que se instalan, trabajan, viven o transitan, por nuestro país en ausencia de sus familiares (Gallo, 2005, pp.133- 134).
Este artículo tiene como objetivo hacer un diagnóstico general de estos flujos migratorios junto con algunas de sus implicaciones más visibles en materia de derechos humanos, hacer una revisión de las respuestas internacionales y nacionales a este fenómeno y finalmente ofrecer una serie de propuestas legislativas y de políticas públicas para contribuir a la protección de los derechos de los niños. Para ello partimos de una hipótesis central según la cual los niños y niñas migrantes no acompañados constituyen un grupo en situación de vulnerabilidad porque son discriminados por parte de los Estados receptores por el hecho de ser niños o niñas migrantes, muchos de ellos son indígenas y desconocen el idioma del país. Justificando su calidad de extranjeros y de migrantes, las autoridades cometen serias violaciones a sus derechos humanos más básicos, como el derecho a la vida, a la integridad, a la supervivencia, a la libre circulación, a una alimentación adecuada, o a la educación, por citar algunos. Por último, el hecho de que los niños y niñas que han decidido migrar se encuentren solos, representa un espacio de indeterminación y de indecisión sobre aquello que puede permitir el bienestar de los mismos.
Por tanto, el fundamento de nuestro argumento tiene que ver con la escasez y la urgente necesidad de elaborar y adoptar reformas legislativas y de políticas públicas en nuestro país que protejan el interés superior del niño y garanticen el goce y ejercicio efectivo de sus derechos, sin importar su calidad migratoria o su condición social. Para hacer frente a esta realidad, consideramos que es urgente armonizar nuestro orden jurídico y administrativo con los principios del derecho internacional de los derechos humanos. Particularmente, de establecer la obligación del Estado de proteger, promover y garantizar los derechos de los niños a través de una nueva ley de migración, con una perspectiva de derechos humanos en donde, para el caso de los menores migrantes, se reconozcan sus derechos humanos y se asegure que el respeto al interés superior del niño será el principio que regule la actuación de las autoridades involucradas.
A pesar de ser una investigación empírica, de carácter cualitativo, y analítica en su desarollo, haremos también un esfuerzo por contextualizar conceptualmente este fenómeno social y económico. Para ello, se realizará un análisis teórico de las diferentes visiones del niño que nos ofrece la literatura y el reconocimiento de sus derechos y se adoptará una perspectiva de derechos humanos para abordar la situación de vulnerabilidad de muchos grupos sociales, en general, y el caso de los niños migrantes no acompañados, en particular.
Finalmente, hemos elegido el periodo 2006-2008 por considerarlo una muestra cronológica representativa para mostrar el status actual del problema ya que es el periodo en donde se encuentran disponibles ciertos datos estadísticos, se pueden analizar las políticas implementadas a nivel interno e internacional y, por tanto, el diagnóstico del cual se extraen nuestras conclusiones más relevantes. En un primer apartado revisaremos lo relativo al marco conceptual, en un segundo apartado desarrollaremos el concepto de interés superior del niño, enfatizando la necesidad de adoptarlo como una principio para el diseño de políticas públicas o reformas legislativas. En el tercer apartado pasaremos revista al derecho internacional de los derechos humanos y los principales instrumentos que protegen los derechos del niño mientras que en una cuarta sección, describiremos los elementos más significativos del caso mexicano a partir de la frontera sur y de las respuestas en materia de legislación y políticas públicas que se han venido instrumentando en este renglón. Por último, en un quinto y final apartado haremos algunos planteamientos de carácter propositito para el diseño de legislación y políticas públicas pertinentes para el caso mexicano como parte central de nuestras conclusiones.
NOTAS
1 Entrevista realizada el 22 de enero de 2009 a menores migrantes no acompañados
asegurados en la Estación migratoria de Tapachula, Chiapas.
- Introducción
- Marco teórico
- Derechos de los niños: legislación, mejores prácticas y recomendaciones a nivel internacional
- ¿Están protegidos los derechos de los niños migrantes no acompañados?
- La frontera sur: realidades de los niños y niñas migrantes no acompañados en la frontera sur.
- Respuesta institucional ante problemas complejos
- Algunas propuestas legislativas y de políticas públicas
- Bibliografía
Libros
Abramovich, Victor y Courtis, Christian, Los derechos sociales como derechos exigibles, (Ed. Trotta, España, 2002).
Casillas, Rodolfo, La trata de mujeres, adolescentes, niñas y niños en México: Un estudio exploratorio en Tapachula, Chiapas, (Comisión Interamericana de Mujeres, Organización de Estados Americanos, Organización Internacional para las Migraciones, Instituto Nacional para las Mujeres, Instituto Nacional de Migración, 2006).
Castillo, Manuel Ángel, Migración y derechos humanos, (El Colegio de México, México, 2005).
Gallo Campos, Karla, Blanco fácil para la discriminación, (UNICEF, DIF, México 2005).
Garzón Valdés, Ernesto, Desde la modesta propuesta hasta las casas de engorde: algunas consideraciones de los derechos de los niños, (Doxa: Cuadernos de filosofía del derecho, 15-16, 2, 1994.
González Contro, Mónica, El derecho a la no discriminación por motivos de edad: niñas, niños y adolescentes, en Carlos de la Torre Martínez (coord.), Derecho a la no discriminación, (UNAM, México, 2006).
Farson, Daniel Birth rights citado en Garzón Valdés, Desde la modesta propuesta hasta las casas de engorde: algunas consideraciones de los derechos de los niños, (Doxa: Cuadernos de filosofía del derecho, 15-16, 2, 1994).
Hierro, Liborio L., El niño y los derechos humanos, en Fanlo, Isabel (comp.), Derechos de los Niños: Una contribución ... leer más
Libros
Abramovich, Victor y Courtis, Christian, Los derechos sociales como derechos exigibles, (Ed. Trotta, España, 2002).
Casillas, Rodolfo, La trata de mujeres, adolescentes, niñas y niños en México: Un estudio exploratorio en Tapachula, Chiapas, (Comisión Interamericana de Mujeres, Organización de Estados Americanos, Organización Internacional para las Migraciones, Instituto Nacional para las Mujeres, Instituto Nacional de Migración, 2006).
Castillo, Manuel Ángel, Migración y derechos humanos, (El Colegio de México, México, 2005).
Gallo Campos, Karla, Blanco fácil para la discriminación, (UNICEF, DIF, México 2005).
Garzón Valdés, Ernesto, Desde la modesta propuesta hasta las casas de engorde: algunas consideraciones de los derechos de los niños, (Doxa: Cuadernos de filosofía del derecho, 15-16, 2, 1994.
González Contro, Mónica, El derecho a la no discriminación por motivos de edad: niñas, niños y adolescentes, en Carlos de la Torre Martínez (coord.), Derecho a la no discriminación, (UNAM, México, 2006).
Farson, Daniel Birth rights citado en Garzón Valdés, Desde la modesta propuesta hasta las casas de engorde: algunas consideraciones de los derechos de los niños, (Doxa: Cuadernos de filosofía del derecho, 15-16, 2, 1994).
Hierro, Liborio L., El niño y los derechos humanos, en Fanlo, Isabel (comp.), Derechos de los Niños: Una contribución teórica, (Biblioteca de ética filosofía del derecho y política, México, 2004).
Kauffer Michel, Edith, “Refugiados guatemaltecos y conformación de la frontera sur de Chiapas en los años ochenta”, en Bovin, Philippe (coord.), Las Fronteras del Istmo, Fronteras y sociedades entre el Sur de México y América Central, (Centro de Investigaciones y Estudios Superiores en Antropología Social, 2003).
Liwski, Norberto I., Migraciones de niñas, niños y adolescentes bajo el enfoque
de derechos, (Instituto Interamericano del Niño, la Niña y Adolescentes, OEA, 2006).
Mac Cormick, Neil, Los derechos de los niños: Un test para las teorías de los derechos en Fanlo, Isabel (comp.), Derechos de los Niños: Una contribución teórica, (Biblioteca de ética filosofía del derecho y política, México, 2004).
Revistas
Mármora, Lelio, Derechos humanos y políticas migratorias, Revistas de la OIM sobre Migraciones en América Latina, vol. 8 No. 2, 1990.
Ruiz, Olivia, La migración centroamericana en la frontera sur: Un perfil del riesgo en la migración internacional, (Center For US- Mexican Studies, 2008), en: http://repositories.cdlib.org/usmex/ruiz
Petit, Juan Miguel Migraciones, vulnerabilidad y políticas públicas. Impacto sobre los niños, sus familias y sus derechos, Serie Población y Desarrollo, (CEPAL, Santiago de Chile, 2003).
Documentos ONU
Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) 1997,
Guía de políticas y procesos en la atención a niños sin acompañantes solicitantes de asilo, Comité de los derechos del niño, Examen de los informes presentados por los
estados partes en virtud del artículo 44 de la Convención, Observaciones
finales, México, 8 de junio de 2006.
Comité Internacional de la Cruz Roja, Directrices Generales Inter-Agenciales
sobre niñas y niños no acompañados y separados, (Ginebra, enero de 2004)
Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los
trabajadores migratorios y de sus familiares, Adoptada por la Asamblea General en su resolución 45/158, de 18 de diciembre de 1990 y ratificada por México el 14 de diciembre de 1998.
Observación General No.6, Trato de los menores no acompañados y separados de su familia fuera de su país de origen, Comité de los Derechos del Niño, 39 periodo de sesiones,17 de mayo a 3 de junio de 2005, CRC/GC/2005/6, numeral 7.
Programa de menores no acompañados en Europa, Declaración de Buenas
Prácticas (Save the Children Unión Europea, ACNUR, 2004)
Quinta Visitaduría General de la CNDH, La atención de los niños, niñas y
adolescentes no acompañados o separados de su familia, (México, Comisión
Nacional de Derechos Humanos, 2008).
Quinta Visitaduría General de la CNDH, Recomendación 025/2007, Sobre el caso de los menores migrantes guatemaltecos que laboran en el basurero municipal y en las calles de Tapachula, Chiapas, (México, Comisión Nacional de Derechos Humanos, 2007).
United Nations, Trends in total migrants stock: Revision 2005, New York, Department of Economic and Social Affairs, United Nations, 2006.
Otros
Red infancia: http://www.derechosinfancia.org.mx/Derechos/serie_1.htm),
González Velásquez, Eduardo “Trepar a “la bestia”: una victoria pírrica”, La
Jornada Jalisco, viernes 23 de enero de 2009.
México y su frontera Sur, (Sin Fronteras, México, 2005). “Viajan solos siete de cada 10 niños migrantes repatriados”: ONG, Notimex, 18 e diciembre, 2008.
Entrevista realizada a la investigadora Martha Rojas en el Colegio de la rontera Sur, Tapachula, Chiapas, viernes 23 de enero de 2009.
Entrevista realizada al Padre Ademar Barilli, Director de la Casa del Migrantes, ecún Umán, Guatemala, sábado 24 de enero de 2009.
Entrevista realizada a la Sra. Olga Sánchez Martínez, Directora del Albergue Jesús el buen pastor” y Premio Nacional de Derechos Humanos 2005,
Tapachula, Chiapas, jueves 22 de enero de 2009.
Entrevista con el Padre Flor María Rigoni, Director del Albergue Belén, apachula, Chiapas, jueves 22 de enero de 2009.
Entrevista con el Sr. Alan Skuse, Director del Albergue “Misión México, dando mor, vida y esperanza A.C, el viernes 23 de enero de 2009, Tapachula Chiapas.
Entrevista con el Delegado Regional de Migración en Tapachula Chiapas, Jorge Humberto Yzar, jueves 22 de enero de 2009, Tapachula, Chiapas.
Entrevista con los Cónsules Generales de Guatemala, Melvin Armido Valdez González, y El Salvador, Nelson Miguel Cuéllar Hernández, el viernes 23 de enero de 2009, Tapachula, Chiapas.
Instituto Nacional de Migración, Delegación Regional de Chiapas, datos estadísticos. Sistema DIF Estatal Chiapas, diciembre 2008.